En febrero de 2009, el Consejo de Administración del Programa Ambiental de las Naciones Unidas (UNEP) estuvo de acuerdo en la necesidad de elaborar un instrumento jurídicamente vinculante a nivel mundial, o tratado, sobre el mercurio. Se encargó a los gobiernos a negociar a través de un Comité Intergubernamental de Negociación (INC) en Mercurio, que se reunieron cinco veces a partir de junio de 2010 y concluyó en enero de 2013.
El instrumento internacional resultante se denomina la Convención de Minamata sobre el Mercurio. Abierto a la firma en octubre de 2013, que proporciona controles y las reducciones a través de una gama de productos, procesos y sectores en los que se utiliza , la libera o emite el mercurio. Lleva el nombre de la ciudad en Japón, donde los residentes sufrieron efectos debilitantes y letales de salud debido a la contaminación de mercurio en la mitad del siglo 20. Las disposiciones del Convenio de Minamata para la amalgama dental un producto con mercurio agregado que contiene 50% de su constitución hacen que sea muy relevante para la profesión dental.
Durante las negociaciones de la Convención, la FDI había abogado por una reducción (disminución gradual) en el uso de la amalgama dental versus una prohibición (eliminación) -a través de una reducción en el uso basado en una reducción de la demanda a través de una mayor atención a la prevención dental y promoción de la salud,el aumento de investigación y desarrollo sobre alternativas y la gestión del ciclo de vida ecológicamente racionales para el mercurio y residuos de amalgama.
Durante la quinta sesión de negociación (INC5) en enero de 2013, el consenso fué construido en torno a este enfoque en fase descendente defendido no sólo por laFDI, sino también la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Asociación Internacional de Investigación Dental (IADR) y los Fabricantes Dentales Internacionales (IDM). Por lo tanto, los esfuerzos de un equipo que representa el sector dental y la salud oral internacional lograron asegurar que los odontólogos seguirían teniendo acceso a la amalgama dental cuando sea necesario y en el marco definido por la Convención.
Estas Directrices para la Implementación Exitosa están diseñados para:
1. Miembros del Equipo de asociaciones dentales nacionales (NDA) con el conocimiento necesario sobre el contenido y las disposiciones de la recientemente acordados en la Convención de Minamata sobre el Mercurio para sus reuniones con políticos, funcionarios gubernamentales, los medios de comunicación y otras partes interesadas;
2.Asesorar a las asociaciones dentales nacionales sobre las obligaciones y oportunidades para el sector dental derivada de los compromisos y disposiciones de la Convención de Minamata sobre el Mercurio.
Idioma: inglés
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